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La jueza rectora del Concurso Mercantil de Mexicana MRO, Edith Alarcón Meixueiro, ordenó al conciliadordar forma legal a un convenio concursal para sacar del proceso a la base de mantenimiento y que continúe con sus operaciones.
La jueza rectora del Concurso Mercantil de Mexicana MRO, Edith Alarcón Meixueiro, ordenó al conciliadordar forma legal a un convenio concursal para sacar del proceso a la base de mantenimiento y que continúe con sus operaciones.
La jueza acordó considerar la propuesta de los acreedores mayoritarios: Grupo Financiero Banorte, Banco Nacional de Comercio Exterior (Bancomext), Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México (AICM) y Grupo Aeroportuario del Pacífico (GAP), así como las manifestaciones de MRO.
Lo anterior, ya que la propuesta de los acreedores se consideró en condiciones legales aptas para la celebración de un convenio concursal y acordó continuar con la prórroga del periodo conciliatorio, sólo para que el conciliador designado confeccione dicho convenio.
El acuerdo, publicado hoy, establece que la propuesta de los accionistas mayoritarios es aportar los créditos a un fideicomiso, capitalizar a la firma y utilizar los activos en apoyo de los trabajadores y jubilados de las empresas en concurso (Mexicana, Click y Link, así como la propia base de mantenimiento MRO).
“Esta decisión es un paso firme en la ruta para sacar al MRO del proceso en que se encuentra, mantener su operación, conservar los empleos que genera y, conforme a lo planteado, destinar todos sus activos a un fideicomiso en favor de trabajadores y jubilados de las empresas en concurso”, dijeron en un comunicado los accionistas mayoritarios.
Ante ello, la jueza optó por la propuesta que presentaron los acreedores mayoritarios, avalada por el Ejecutivo federal, e hizo a un lado la opción que presentó Tenedora K, refiriendo que la inclusión de MRO a dicho fideicomiso no implica detrimento alguno para sus trabajadores.
La juez refiere en el Auto que el 7 de noviembre pasado, los propietarios de MRO (Aviones y Terrenos y Nuevo Grupo Aeronáutico) presentaron un escrito de conformidad con la capitalización propuesta por los acreedores, en el que comprometieron legalmente las transmisión del cien por ciento del capital social de MRO.
Señaló que la tenencia y el endoso de estas acciones es insuficiente para tener por legalmente válida la consignación, pues además de tener que hacerlo ante un juez, debieron haber consignado el Registro de Acciones de MRO, insertando una mención relativa a que los títulos fueron consignados ante el juzgado.
O bien, otra opción es asentar ante el juzgado las actas de asamblea de las sociedades de Aviones y Terrenos, así como de Nuevo Grupo Aeronáutico que incluyan la decisión de consignar las acciones al juzgado y el compromiso de transmisión, en términos de la propuesta de capitalización presentada por los acreedores.
Por lo que concluyó que debido a que ninguna de las opciones fue acatada, "deviene notoriamente frívola e improcedente la consignación ante el juzgado, con el compromiso de transmisión de títulos de acciones".
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