17 septiembre 2012 | La Redacción | proceso
MÉXICO, D.F. (apro).- El Segundo Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo otorgó un amparo al Sindicato Mexicano de Electricistas (SME) en contra de un laudo dictado por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje (JFCA) en agosto de 2010.
En dicho laudo, la Junta Especial 5 determinó que se daban por terminadas las relaciones laborales y el contrato colectivo entre Luz y Fuerza del Centro (LFC) y el SME, y estableció que la figura del patrón sustituto –en este caso la Comisión Federal de Electricidad– era improcedente.
Aunque no ha notificado oficialmente su sentencia a las partes, el tribunal federal decidió otorgar al SME, el pasado jueves 13, un amparo “para efectos” en el expediente 1337/2010.
Con tal medida, lo procedente es ordenar a la JFCA que deje insubsistente el laudo de agosto de 2010 y, con plenitud de jurisdicción, dicte uno nuevo, en el que tendrá que corregir los defectos formales detectados por el tribunal colegiado.
Ello quiere decir que la JFCA estaría facultada para resolver de nueva cuenta que el patrón sustituto, previsto para casos en que nuevos dueños se hacen cargo de una empresa sin que ésta desaparezca, no es aplicable en este caso.
Los términos precisos del amparo se conocerán cuando los tres magistrados del tribunal colegiado aprueben la versión final o engrose de su sentencia, que puede tomar más de una semana.
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