9 de diciembre de 2013
El 10 de diciembre de 1948 la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (AGONU) firmó la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH). El mismo día, pero de 1950, proclamó que a partir de entonces esta fecha sería declarada "Día de los Derechos Humanos" con objeto de que todos los pueblos y naciones del mundo vieran en la Declaración un ideal común.
Paradójicamente el día de mañana, en que se celebra justo el sexagésimo quinto aniversario de la DUDH y además el vigésimo de la Declaración y Programa de Acción de Viena, adoptado en la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos por el que se creó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tendrán lugar dos acontecimientos relevantes. Uno es que la AGONU, en sesión solemne, hará entrega al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México del Premio de Derechos Humanos de la ONU 2013 "por servicios eminentes prestados a la causa de los derechos humanos". Al respecto, cabe destacar que este premio, instituido en 1966 para reconocer a quienes han contribuido de modo excepcional en el campo de los derechos humanos y a promover los principios contenidos en la DUDH, se entrega cada cinco años y por primera vez será otorgado a un tribunal jurisdiccional.
El otro tendrá lugar en el extremo del África meridional, será la realización del servicio religioso oficial de Nelson Mandela en el estadio de futbol de Johannesburgo -previo a su entierro en la ciudad de Qunu el domingo 15-. Un hombre que cambió la historia de su Patria y con ella en gran medida no sólo la de los hombres de raza negra, sino también la de los derechos humanos a nivel mundial y a quien precisamente hace 25 años, la propia ONU así lo reconoció al nombrarlo entre los galardonados con el Premio de Derechos Humanos en 1988. Sin embargo, cuando de pronto los acontecimientos históricos se entrecruzan, no siempre hay lógica ni congruencia. De pronto hay convergencias divergentes, y hoy estamos atestiguando una de ellas.
A quién no le daría gusto saber que el máximo tribunal de su país ha sido reconocido como adalid en la defensa de los derechos humanos a nivel internacional. La cuestión es que a nivel interno, el papel que ha jugado la SCJN en los últimos años en esta materia ha dejado mucho que desear y, con ella, el Estado de Derecho en nuestro país. Cuatro casos, entre otros, así nos lo demuestran: el incendio de la Guardería Infantil ABC, la extinción del organismo público Luz y Fuerza del Centro (LyFC), la polémica resolución en el caso de Florence Cassez y su intervención en el del tzotzil Alberto Patishtán, en los que ha existido un elemento en común: la vulneración evidente y flagrante de las disposiciones contenidas en nuestra Carta Magna, sobre todo en materia de derechos humanos.
Recordar cómo la ciudadanía quedó ávida de justicia en la tragedia ocurrida el 5 de junio de 2009 en la ciudad de Hermosillo, cuando se incendió la Guardería ABC y murieron 49 infantes y resultaron lesionados otros 75, a pesar de la enconada polémica entre los gobiernos federal y estatal y de la recomendación que emitiera la Comisión Nacional de Derechos Humanos al señalar que había una serie de responsabilidades por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como de los gobiernos de los niveles estatal y municipal, produce la sensación de una enorme impotencia. Ello, porque la propia SCJN que tenía ante sí la oportunidad histórica de resarcir el daño provocado por la cadena de irresponsabilidades y negligencias de los funcionarios, servidores y particulares involucrados, terminó deslindando de toda responsabilidad a los involucrados por voto mayoritario de sus integrantes.
Por lo que respecta a la extinción de LyFC, de nada sirvió que la propia SCJN interviniera en el amparo promovido por los trabajadores del organismo extinto: terminó avalando el decreto inconstitucional que en su momento emitió el presidente Felipe Calderón y, con él, la violación flagrante a los derechos humanos de todos y cada uno de sus trabajadores, principalmente en materia de derecho de audiencia y de derecho al trabajo. En el caso Cassez, si el procedimiento estaba viciado, debía reponerse éste como lo solicitó el ministro José Ramón Cossío, pero el dictamen de los ministros fue más allá: por un lado otorgaron la libertad a la imputada y, por otro, lo más grave, dejaron en estado irreparable de indefensión a las víctimas. Finalmente, con Patishtán se evidenció la necesidad de encontrar un mecanismo alterno que pueda operar, aún desde fuera del poder judicial, si el sistema de justicia se anquilosa.
Qué bueno que la ONU haya otorgado un premio a la justicia mexicana, pero qué pena que en el pueblo de México la sombra de la duda sea más poderosa que cualquier reconocimiento internacional, sobre todo si tomamos en cuenta su último criterio en materia de derechos humanos y al que hemos ya aludido en pasado artículo: haber interpretado sin que hubiera sido necesario el artículo primero del Texto Supremo y así haber fijado la postura de que deberá prevalecer lo dispuesto por éste y no, en su caso, el principio internacional que pudiera otorgar una mayor protección al ciudadano, ha terminado siendo un criterio restrictivo, limitante y evidentemente contrario a los derechos humanos, de ahí la enorme sorpresa ante la decisión de la ONU al otorgar el Premio de Derechos Humanos 2013 a nuestra SCJN.
bettyzanolli@hotmail.com twitter.com/BettyZanolli
www.facebook.com/bettyzanolli
Paradójicamente el día de mañana, en que se celebra justo el sexagésimo quinto aniversario de la DUDH y además el vigésimo de la Declaración y Programa de Acción de Viena, adoptado en la Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos por el que se creó la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, tendrán lugar dos acontecimientos relevantes. Uno es que la AGONU, en sesión solemne, hará entrega al presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México del Premio de Derechos Humanos de la ONU 2013 "por servicios eminentes prestados a la causa de los derechos humanos". Al respecto, cabe destacar que este premio, instituido en 1966 para reconocer a quienes han contribuido de modo excepcional en el campo de los derechos humanos y a promover los principios contenidos en la DUDH, se entrega cada cinco años y por primera vez será otorgado a un tribunal jurisdiccional.
El otro tendrá lugar en el extremo del África meridional, será la realización del servicio religioso oficial de Nelson Mandela en el estadio de futbol de Johannesburgo -previo a su entierro en la ciudad de Qunu el domingo 15-. Un hombre que cambió la historia de su Patria y con ella en gran medida no sólo la de los hombres de raza negra, sino también la de los derechos humanos a nivel mundial y a quien precisamente hace 25 años, la propia ONU así lo reconoció al nombrarlo entre los galardonados con el Premio de Derechos Humanos en 1988. Sin embargo, cuando de pronto los acontecimientos históricos se entrecruzan, no siempre hay lógica ni congruencia. De pronto hay convergencias divergentes, y hoy estamos atestiguando una de ellas.
A quién no le daría gusto saber que el máximo tribunal de su país ha sido reconocido como adalid en la defensa de los derechos humanos a nivel internacional. La cuestión es que a nivel interno, el papel que ha jugado la SCJN en los últimos años en esta materia ha dejado mucho que desear y, con ella, el Estado de Derecho en nuestro país. Cuatro casos, entre otros, así nos lo demuestran: el incendio de la Guardería Infantil ABC, la extinción del organismo público Luz y Fuerza del Centro (LyFC), la polémica resolución en el caso de Florence Cassez y su intervención en el del tzotzil Alberto Patishtán, en los que ha existido un elemento en común: la vulneración evidente y flagrante de las disposiciones contenidas en nuestra Carta Magna, sobre todo en materia de derechos humanos.
Recordar cómo la ciudadanía quedó ávida de justicia en la tragedia ocurrida el 5 de junio de 2009 en la ciudad de Hermosillo, cuando se incendió la Guardería ABC y murieron 49 infantes y resultaron lesionados otros 75, a pesar de la enconada polémica entre los gobiernos federal y estatal y de la recomendación que emitiera la Comisión Nacional de Derechos Humanos al señalar que había una serie de responsabilidades por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social, así como de los gobiernos de los niveles estatal y municipal, produce la sensación de una enorme impotencia. Ello, porque la propia SCJN que tenía ante sí la oportunidad histórica de resarcir el daño provocado por la cadena de irresponsabilidades y negligencias de los funcionarios, servidores y particulares involucrados, terminó deslindando de toda responsabilidad a los involucrados por voto mayoritario de sus integrantes.
Por lo que respecta a la extinción de LyFC, de nada sirvió que la propia SCJN interviniera en el amparo promovido por los trabajadores del organismo extinto: terminó avalando el decreto inconstitucional que en su momento emitió el presidente Felipe Calderón y, con él, la violación flagrante a los derechos humanos de todos y cada uno de sus trabajadores, principalmente en materia de derecho de audiencia y de derecho al trabajo. En el caso Cassez, si el procedimiento estaba viciado, debía reponerse éste como lo solicitó el ministro José Ramón Cossío, pero el dictamen de los ministros fue más allá: por un lado otorgaron la libertad a la imputada y, por otro, lo más grave, dejaron en estado irreparable de indefensión a las víctimas. Finalmente, con Patishtán se evidenció la necesidad de encontrar un mecanismo alterno que pueda operar, aún desde fuera del poder judicial, si el sistema de justicia se anquilosa.
Qué bueno que la ONU haya otorgado un premio a la justicia mexicana, pero qué pena que en el pueblo de México la sombra de la duda sea más poderosa que cualquier reconocimiento internacional, sobre todo si tomamos en cuenta su último criterio en materia de derechos humanos y al que hemos ya aludido en pasado artículo: haber interpretado sin que hubiera sido necesario el artículo primero del Texto Supremo y así haber fijado la postura de que deberá prevalecer lo dispuesto por éste y no, en su caso, el principio internacional que pudiera otorgar una mayor protección al ciudadano, ha terminado siendo un criterio restrictivo, limitante y evidentemente contrario a los derechos humanos, de ahí la enorme sorpresa ante la decisión de la ONU al otorgar el Premio de Derechos Humanos 2013 a nuestra SCJN.
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