jueves, 15 de agosto de 2013

Cambian leyes secundarias régimen jurídico y laboral de los maestros

De no aprobar evaluaciones podrán despedirlos sin responsabilidad del Estado
Trabajadores de reciente ingreso serán evaluados de manera permanente y tendrán periodos de “inducción” de dos años con apoyo de tutores, figura equivalente al capataz
Laura Poy, Andrea Becerril y Víctor Ballinas 
Periódico La Jornada 
Jueves 15 de agosto de 2013, p. 32
Las iniciativas de leyes secundarias para la reforma educativa, presentadas por el Ejecutivo federal ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, establecen un cambio en el régimen jurídico y laboral de maestros, directores y supervisores, desde prescolar hasta bachillerato, quienes podrán ser despedidos de no aprobar las evaluaciones de desempeño, sin responsabilidad para el Estado.


En el caso de profesores activos, se establecen nuevos mecanismos de evaluación para su desempeño y en caso de no aprobarlos en tres oportunidades serán reasignados o podrán solicitar el retiro.

Para los trabajadores de reciente ingreso hay nuevas reglas: evaluación permanente y periodos de “inducción” de dos años, con apoyo de tutores, figura de nueva creación, equivalente a un capataz, y de no aprobar esta etapa, saldrán del servicio magisterial.

Se incluye la creación de un Servicio Profesional Docente, el cual en un plazo no mayor de mes y medio, luego de la entrada en vigor de la ley respectiva, contará con un órgano desconcentrado dependiente de la Secretaría de Educación Pública (SEP), al que se facultará para vigilar el cumplimiento de las nuevas disposiciones.

A pesar de que estas propuestas han desatado el rechazo del magisterio disidente en todo el país, y de una convocatoria de la Secretaría de Gobernación para realizar foros de consulta donde se escucharían los planteamientos de los profesores, los nuevos marcos normativos establecen “profundas modificaciones a las bases y procedimientos del desarrollo profesional docente, con funciones directivas y de supervisión en la educación básica y media superior”.

Entre las medidas que podrían aprobarse en el próximo periodo extraordinario de sesiones de ambas cámaras, del 21 al 23 de agosto, está el diseño de nuevos perfiles, parámetros e indicadores de la labor docente, así como el impulso a una nueva política administrativa de control de plazas.

Con la creación de la Ley General del Servicio Profesional Docente se determinan ascensos por concurso de oposición para directores y supervisores, y un nuevo programa de estímulos económicos, que sustituirá a la Carrera Magisterial.

Además, habrá nuevas sanciones para quienes incumplan con la obligatoriedad de participar en los procesos de evaluación, en los periodos de inducción y programas de regularización y formación docente, que llegan a la pérdida de la plaza de base, “sin responsabilidad para la autoridad y sin necesidad de que exista resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje o sus equivalentes en las entidades”.

En las otras dos iniciativas, la Ley General de Educación y Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, los maestros en servicio sólo podrán garantizar su permanencia “siempre y cuando se sujeten a los procesos de evaluación de desempeño”, que se aplicarán por lo menos una vez cada cuatro años.

Los profesores deberán someterse además a una “evaluación interna”, que estará a cargo del director de la escuela y los profesores, la cual deberá ser permanente, aunque no tendrá sanción ni consecuencias administrativas o laborales.

También se prohíben los cambios de adscripción voluntaria durante el ciclo escolar, a fin de impulsar un “reordenamiento” de las plantillas docentes en las escuelas, y su reasignación donde estén incompletas.

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