José Samuel Porras Rugerio
martes 5 de febrero de 2013
e-consulta
Se trate de humor negro o una tomadura de pelo, lo cierto es que los gobiernos federales concurrentes en la determinación de la actual política laboral en México, decidieron seguir privilegiando los intereses de las grandes empresas –nacionales y transnacionales- promoviendo la productividad y competitividad sobre la base de la destrucción de puestos de trabajo existentes y su sustitución por nuevos donde la voluntad de aquellas, ahora convertida en ley, les permite los bajos salarios, las jornadas excesivas y el libre despido entre otras “libertades empresariales”; lo que viene a significar la imposición de condiciones extremas de explotación de la vida laboral de los trabajadores con sacrificio de sus niveles y calidad de vida, junto con sus familias. Por lo menos esta es la lectura que ofrece la sucesión de estos dos hechos realmente contradictorios.
La sociedad mexicana había visto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación como un contrapeso a decisiones discutibles del ejecutivo y legislativo, aun cuando sobre algunas de sus resoluciones -en casos trascendentes para el país: anatocismo, reforma indígena o las vacilantes sobre fuero militar-, no se encontrara una explicación clara, lógica y localizable en la letra de las leyes vigentes. Ahora, las formas – reales y protocolarias- para la designación de ministros (o magistrados del Tribunal Electoral o consejeros del IFE o...) han contribuido a deteriorar a tal grado su calidad institucional y profesional que sólo se le mira ya como un tribunal faccioso.
Los casos de Acteal, Florence Cassez y el Sindicato Mexicano de Electricistas dan cuenta cabal de una actuación donde el lenguaje jurídico es utilizado sólo para argumentar resoluciones cuyo sentido –negar o conceder protección constitucional- ha sido dado previamente por la consigna política, acreditando que la letra de la ley puede, como acto de poder político, ser suplantada por “una” interpretación. Ha dicho[iii] Galimberti: “Pero interpretar es quizá lo que no se debe hacer, porque significa disponerse a enfrentar a un lenguaje, sospechando de su sentido dentro de las palabras, como si el lenguaje tuviese la tarea de ocultar más que revelar. La actitud de quien interpreta, de hecho, no es de quien escucha, sino de quien sospecha, de quien no confía, y por lo tanto no se confía a la palabra que se trata, sino enseguida la viola para crearle un significado con otro sentido. En esta “violación” está la violencia de la interpretación.” ¿Dónde estaría la línea que separe la “interpretación jurídica” del fraude a la ley y la arbitrariedad del poder? Es violencia de estado; de unos hombres en perjuicio de otros.
En el caso del SME los argumentos, con los cuales la Corte validó: la existencia de fuerza mayor como motivo de terminación de las relaciones laborales; la negativa de considerar a Comisión Federal de Electricidad como patrón sustituto; y la admisión del recurso de revisión interpuesto por el SAE –notoriamente improcedente conforme a la Ley de Amparo-, corroboran la objetividad de la teoría de Kelsen[iv]: “…en el caso de la interpretación de la ley… que la determinación del acto jurídico por cumplirse… pueda obtenerse mediante alguna especie de conocimiento del derecho ya existente, es un autoengaño…La pregunta de cuál sea la posibilidad “correcta”, en el marco del derecho aplicable, no es –según los supuestos previos- ninguna pregunta dirigida al conocimiento del derecho positivo, no es una pregunta teórica-jurídica, sino que es un problema político.”
En el fondo parece perfilarse, no la simple resolución de un asunto laboral por la Corte, sino el ajusticiamiento político de un sindicato opositor a los propósitos gubernamentales de privatización del sector energético. La secuencia de los hechos es contundente. Un decreto inconstitucional[v] emitido por el ejecutivo que –Felipe Calderón- pasó por encima de las facultades del Congreso fijadas por el artículo 73 fracción X de la Constitución; la abdicación vergonzosa de las cámaras de diputados y senadores, para frenar esa inconstitucionalidad por vía de la controversia constitucional y, ahora, la arbitrariedad de la Corte al fallar –literal y deliberadamente- en la sentencia, han colocado al SME prácticamente en estado de sitio sólo por la defensa de una fuente de trabajo. Esta forma de conducción del aparato estatal que golpea a la sociedad mediante la “interpretación” de la ley debe llevar a preguntarnos si estos gobiernos que padecemos ofrecen alguna certeza jurídica para nuestra convivencia social de todos los días y si, ésta, es la “legalidad” que necesita México para mejorar.
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